Tras haber sorteado un intento de destitución por declaración de abandono de cargo, un proceso de enmienda constitucional para acortar su período de mandato y un proceso de convocatoria a un referendo revocatorio, mediante la intercesión de la lógica jurídica del TSJ, el presidente Nicolás Maduro tomó la decisión de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente “popular, obrera, ciudadana, campesina y militar”.
La polémica detonó en instantes y empezó a propagarse con fuerza a partir del día siguiente al anuncio. Los sectores intradivergentes de la oposición se cohesionaron en torno a una misma perspectiva; repudio y rechazo total a la Constituyente. Desde los pronunciamientos de Freddy Guevara, Julio Borges, Henrique Capriles y Henry Ramos Allup, la oposición tomó ventaja de este hecho político para convertirlo en el catalizador de las protestas antigubernamentales.
Si bien la crisis política comenzó a escalar grandes niveles de tensión y vestigios de ingobernabilidad a raíz de las sentencias 155 y 156 del TSJ, que suprimieron y abrogaron las funciones de la Asamblea Nacional, esta medida del Gobierno devino en un crecimiento del descontento social contra la definitiva estatización de la sociedad y de las leyes venezolanas que connota la intención del oficialismo en su propuesta.
Para Luis Vicente León, analista político y presidente de la encuestadora Datanálisis, el Gobierno busca amañar el proceso de selección de los constituyentistas, afirma en un artículo publicado en prodavinci.com. De manera tal que con la sectorialización del voto pueda asegurarse la mitad, o más, de los 500 redactores que se elegirán al otorgarle poder de voto a cada grupo social progubernamental para doblar la cantidad de constituyentistas, dado que por cada sector podrán haber múltiples cantidades de votos en favor de un mismo candidato.
El artículo 63 de la Constitución reza que “el sufragio es un derecho y se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”. Tal precepto constitucional es transgredido con las bases comiciales, propuestas por el Gobierno al CNE, de 250 constituyentistas por sector social (obreros, indígenas, estudiantes, campesinos, mujeres, etc.) y 250 por municipios, es decir, de forma territorial con voto uninominal en cada estado del país.
Se eliminaría así el sistema de votación universal y los inscritos en el Registro Electoral del país sufragarían por segmento social y no en una masa poblacional entera sin divisiones de estratos sociales, tal y como está configurado el sistema electoral venezolano.
Esta realidad altera el sistema de democracia representativa que impera en el país, el cual pretende ser modificado a una democracia directa, a través de la cual los mecanismos electorales y de consenso en la sociedad sean ejecutados mediante asambleas populares y no con representaciones legislativas por estado en el Parlamento (Asamblea) nacional.
Maduro convocó al proceso constituyente y planteó su configuración electoral al CNE sin someter la decisión a un referendo consultivo, que aunque no está estipulado expresamente en la Constitución, sí se connota en la base jurídica del artículo 347 de la Carta Magna: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”.
Al ser su soberanía intransferible y poseer el poder constituyente originario, es el pueblo quien convoca a tal proceso si mediante una consulta popular aprueba o niega la iniciativa planteada por el presidente, aunque también puede ser propuesta por el 15 % del Registro Electoral o las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, de realizar una Constituyente.
A juicio de Juan Berrío, abogado constitucionalista y profesor de derecho de la Universidad del Zulia, la Constituyente planteada por el Gobierno incurre en inconstitucionalidad por usurpación de funciones. Esto se debe a que se propone modificar parcialmente el ordenamiento jurídico con un proceso cuyo objeto es transformarlo en su totalidad.
“Si el Gobierno quería modificar o añadir artículos a la Constitución, perfectamente hubiera podido plantear una enmienda o una reforma constitucional”, comenta Henry Ramos Allup, diputado y expresidente de la Asamblea Nacional.
Berrío enfatiza que el plan del Gobierno es instaurar un Estado comunal en el que la organización política de la sociedad venezolana se base en el predominio territorial de los consejos comunales y de las comunas, lo cual les otorgaría más poder político de decisión y respaldo jurídico en la Constitución. Esto alteraría la estructura político-territorial del país compuesta de las entidades federales que posee hoy en día.
Sin embargo, Juan Romero, profesor de historia y experto en política comparada de LUZ, argumenta que más bien el Gobierno busca una transformación del Estado por adición, es decir, al agregar artículos en la Constitución, como por ejemplo, la elevación a rango constitucional de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP).
Los altos dirigentes de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) aseguran que el Gobierno planea modificar el artículo referente al período de mandato presidencial, que consta de seis años, para extender su duración y perpetuarse en el poder.
Juan Romero agrega que aunque actualmente hay diferencias amplias entre los circuitos electorales de hoy y los de 1999, los partidos políticos deberán proponer sus candidatos de acuerdo a la sectorialidad. Esta condición también aplica a los partidos de la MUD, cuya representación no asistió a la mesa de discusión convocada por el Gobierno sobre las bases comiciales del proceso. Unas 17 organizaciones, sin peso electoral ni amplio apoyo popular, asistieron a Miraflores, según Elías Jaua, jefe de la Comisión para la Constituyente.
Ricardo Serrano | @RS_Journalist
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